El Ministerio de Energía calcula que sólo el 45% de los beneficiarios del bono social accederá a él. Según el Real Decreto Ley sobre pobreza energética y bono social, que recoge Cinco Días, las familias aunque tengan derecho a beneficiarse de la reducción del coste de la energía deberán solicitarlo como si se tratase de una ayuda o subvención con las trabas administrativas y burocracia que ello conlleva. El coste estimado por el Gobierno central se sitúa en los 236 millones de euros frente al gasto que supondría que todas las familias que tienen derecho a él se beneficiarán del mismo, 400 millones de euros. Además, España continúa siendo el único país donde se deja fuera de este bono social al gas.

Entre los requisitos para acceder al bono social, se exige a los hogares ganar menos de 799 euros en el caso de no tener hijos, menos de 1.065 euros en el caso de un hijo y 1.331 euros en el caso de contad con dos hijos. Mientras que las familias numerosas, a partir de tres hijos menores a su cargo, tendrán derecho todas al bono con un descuento del 25% en la factura de la luz. Además, el consumo de energía deberá ser racional. Es decir, no se beneficiará aquellas familias con potencias elevadas contratadas. Así, para las familias numerosas se ha establecido un límite de 3.600 kilovatios hora al año; de 1.200 kWh al año para las unidades familiares sin hijos; de 1.680 kwh paras las familias con un menor y de 2.040 kwh anuales para las que tengan dos hijos a su cargo, según recoge el borrador del Real Decreto.

Como novedad, el ministerio que dirige Álvaro Nadal, ha introducido la figura del consumidor vulnerable severo, que tendrá derecho a un 40% de descuento en la factura de la luz. Éstos deberán contar sólo con unos ingresos inferiores al 50% de los umbrales establecidos para los consumidores vulnerables. Las familias numerosas o los hogares donde todos sus miembros que obtengan ingresos sean jubilados o pensionistas por incapacidad percibiendo la cuantía mínima se enmarcarán dentro de este nuevo segmento. También se crea la categoría de consumidores de riesgo de exclusión social, que serán aquellos beneficiarios severos a los que les ayudan los servicios sociales de ayuntamientos y comunidades autónomas. Para ellos, se amplía de 2 a 4 meses el tiempo que la empresa suministradora podrá cortarles la luz en caso de impago.