El pasado 5 de octubre el Gobierno central aprobó el Real Decreto-ley 15/2018 con el fin de implementar medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores. Entre las iniciativas, el Ejecutivo nacional aprobó algunos cambios en el bono social eléctrico para salvaguardar hogares vulnerables con el fin de que no carezcan de luz y calefacción. Entra las modificaciones figura la prohibición de cortar la luz a hogares con personas en situación de dependencia o con menores de 16 años beneficiarios del bono social eléctrico.

El bono social es un descuento en la factura eléctrica. Puede llegar el 40% para consumidores vulnerables severos o incluso no se deberá abonar nada en hogares con riesgo de exclusión social atendidos por los servicios sociales de su autonomía. Para solicitar el bono social deben tener contratado con una comercializadora el suministro de electricidad para pequeños consumidores y cumplir con los requisitos, personales, familiares y de renta establecidos. Además, los beneficiarios del bono social de electricidad cuentan con un periodo de 4 meses para hacer frente a las facturas impagadas, dos meses más que el resto de consumidores generales.

La página web del Ministerio para la Transición Energética incluye un listado con las empresas comercializadoras de electricidad y teléfonos para solicitar el bono, así como los requisitos que se deben cumplir. Junto a la prohibición de cortar la luz en casos extremos, el decreto incluye la creación del bono social térmico que será compatible con la percepción del bono social eléctrico. Las cuantías vendrán determinadas en función del grado de vulnerabilidad según se defina en la normativa reguladora del bono social eléctrico, así como a la zona climática en la que se localice la vivienda en la que se encuentre empadronado.

 

El nuevo bono social eléctrico: descuentos de hasta el 50% para evitar la pobreza energética