Continuamos contándoos los diez principios con los que Altertec se ha comprometido tras su unión al Pacto Mundial de la ONU por la sostenibilidad empresarial, una declaración, y no sólo de intenciones, dado que las empresas que estamos aliados adquirimos responsabilidades fundamentales en materia de derechos humanos, trabajo, medioambiente y lucha contra la corrupción. Altertec, se compromete así, a incorporar diez principios en nuestras estrategias empresariales, para cumplir responsabilidades básicas con las personas, el planeta y nuestra forma de hacer negocios, lo que nos ayudará a asentar las bases para el éxito a largo plazo.

Si en la anterior entrada en nuestro blog os contamos el primer principio, os seguimos con el principio número 2, que también figura dentro del epígrafe de Derechos Humanos. Este alude a que las empresas debemos asegurarnos de que nuestras organizaciones no son cómplices en la vulneración de los derechos humanos. El término de complicidad hace referencia a la implicación en algún caso de vulneración de los derechos humanos que otra empresa, entidad, gobierno, individuo o grupo está causando. Los dos elementos que suelen componer un acto de complicidad son: el acto u omisión de que facilita a otra entidad o persona la vulneración, y el conocimiento de que dicho acto podría causar tal abuso.

En función de los diferentes contextos en los que se pueden producir las acusaciones de complicidad en la vulneración de derechos humanos, se pueden distinguir tres tipos de complicidad:

Complicidad directa: cuando una empresa proporciona bienes o servicios que sabe que serán utilizados para llevar a cabo el abuso.
Complicidad beneficiosa: cuando una empresa se beneficia de los abusos contra los derechos humanos, incluso si no los ayudó de manera positiva o los causó.
Complicidad silenciosa: cuando la compañía permanece callada o inactiva frente a los abusos sistemáticos o continuos a los derechos humanos.

Entre las acciones que una entidad puede llevar a cabo para evitar ser cómplice en la vulneración de los Derechos Humanos, se pueden incluir:

  • Crear conciencia dentro de la organización sobre los problemas conocidos, en materia de derechos humanos, dentro de la esfera de influencia de la entidad.
  • Instaurar una política efectiva de derechos humanos y debida diligencia, permitiendo conocer que se han tomado todas las medidas razonables para evitar la participación en dicha vulneración.
  • Identificar funciones que están en mayor riesgo de vincularse con abusos contra los derechos humanos dentro de la organización.
  • Condenar en privado y públicamente los abusos contra los derechos humanos que hayan sucedido de manera sistemática y continua.
  • Consultar continuamente sobre aspectos de los derechos humanos con los grupos de interés, dentro y fuera de la empresa.
  • Evaluar el impacto sobre los derechos humanos que una inversión pueda causar en la comunidad o región.
  • Identificar riesgos funcionales internos en las situaciones posteriores a la inversión. Con el análisis de funciones concretas de compras, logística, relaciones gubernamentales, gestión de recursos humanos, salud, seguridad y medioambiente, ventas o marketing.